Según Resolución Nº 1511, Extraordinaria Nº2076, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 75, numeral 2, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado Carabobo procédase, de acuerdo con lo previsto en la vigente Ley de Publicaciones Oficiales, a insertar en la Gaceta Oficial del Estado Carabobo (EDICIÓN EXTRAORDINARIA) la Ley de Creación del Instituto Autónomo de Protección Civil y Administración de Desastres del Estado Carabobo, sancionada por el Consejo Legislativo del Estado Carabobo y Promulgada por el Gobernador del Estado Carabobo.

Misión

Planificar, coordinar y ejecutar planes y programas y acciones en los procesos de prevención, mitigación, preparación, respuesta, rehabilitación y reconstrucción de emergencias y desastres, para preservar la integridad físicas de los ciudadanos, sus bienes y el entorno, apoyándose en el talento humano especializado con mística de trabajo, vocación de servicio, responsabilidad y ética, utilizando tecnología moderna que optimice el desarrollo de sus procedimientos

Vision 

Ser una organización reconocida a nivel nacional e internacional por la calidad de sus servicios en atención de emergencias y desastres, con alto nivel de preparación y desempeño del talento humano.

Objetivo General 

Proteger a las personas y a su entorno ante la eventualidad de un desastre provocado por agentes perturbadores naturales o humanos, a través de acciones que reduzcan o minimicen la pérdida de vidas humanas, la destrucción de bienes materiales y el daño al ambiente, así como la  interrupción de las funciones esenciales de la población

Objetivos Estrategicos

  1. Promover la imagen institucional a fin de mantener informada a la colectividad carabobeña, de los servicios que presta la institución.
  2. (Dir. Servicios Prehospitalarios), Prestar a la colectividad carabobeña un servicio gratuito de primeros auxilios y de traslado en ambulancia con asistencia de personal médico y paramédico, en el menor tiempo posible a las solicitudes que demanden las comunidades a través del centro de emergencias 171 "Control Carabobo".
  3. (Dir. Escuela) Promover la capacitación de las comunidades organizadas,   instituciones educativas, empresas públicas o privadas con la participación corresponsable del gobierno,  para reconocer y enfrentar el riesgo asociados a contingencias naturales o emergencias.
  4. (Dir. Operaciones) Fortalecer el programa de las brigadas; equipos comunitarios de respuesta inmediata para crear una cultura en el servicio voluntario de autoprotección vecinal en las comunidades.
  5. (Dir. Gestión de Riesgo), Formular  planes, programas y proyectos, que permitan incrementar la capacidad de actuación de las comunidades ante posibles ocurrencias de eventos de origen natural, tecnológico y/o antrópico.
  6. (Dir. de Comunicaciones), Implementar un servicio de emergencias 171 en los diferentes ejes del estado Carabobo, con el fin  de mejorar los tiempos de respuesta  de las solicitudes y la atención de las emergencias.
  7. (Dir. Operaciones), Fortalecer el servicio de rescate y salvamento, mediante la adquisición de vehículos equipados, para dar respuesta oportuna  a  la colectividad carabobeña ante eventos adversos naturales y antropicos.
  8. Convenios de cooperación con organismos nacionales e internacionales.
  9. (Dir. Control de Incendios Forestales), Planificar, desarrollar y administrar políticas de prevención, control y extinción de incendios forestales,  permitiendo la preservación de las cuencas hidrográficas que se encuentren en territorio del estado Carabobo con especial atención a las áreas bajo régimen de administración especial (A.B.R.A.E).
                                                                                    

Valores

     *   Respecto

     *   Compromiso

     *   Responsabilidad

     *   Justicia

     *   Vocacion

     *   Disciplina

     *   Cooperacion

     *   Voluntariado

     *   Solidaridad

     *   Prudencia

Politicas Institucionales 

El Instituto Autónomo de Protección Civil y Administración de Desastres del Estado Carabobo, ha establecido políticas institucionales, para fines de un adecuado funcionamiento y cumplir cabalmente con los objetivos planteados en materia de protección de la población, sus bienes, entorno ecológico, que reflejen de manera principal el fortalecimiento de la prevención como eje central de su actuación.

1.- Transitar de un sistema de protección civil de tipo reactivo a uno preventivo, mediante la inclusión participativa de sectores social, público y privado.

2.- Propiciar la información científicas y herramientas tecnológicas como base en el proceso de toma de desiciones en materia de prevención de riesgos y desastres.

3.- Mantener la universalidad en las actividades de protección civil, no reconociéndose razas, credos, ideologías políticas o partidistas, ni estrato social.

4.- Aplicar la participación ciudadana como eje central en los procesos de planeación de prevención de desastres.

5.- Cumplir y hacer cumplir los ordenamientos Constitucionales, así como los establecidos en materia de la protección civily administración de desastre que fundamentan las actuaciones del organismo.

6.- El Sistema Estadal de Protección Civil es el punto central de convergencia de los sectores públicos, privado y social.

7.- Centrar la protección civil en la imparcialidad, la inclusión y apretura.

8.- Respeto irrestricto a las garantías individuales y derechos de ciudadanos.

9.- Fomentar el sentido del servicio público como herramienta de crecimiento en la profesionalización del pesonal dedicado a la Protección Civil.

10.- Utilización adecuada de recursos humanos y materiales conforme a las necesidades generadas por los fenóme